ACTA N° 30/2001

 

En Buenos Aires a los 20 días del mes de septiembre de 2001, siendo las 15:00 horas, se reúne El CONSEJO FEDERAL PESQUERO (CFP) en la sede ubicada en Av. Paseo Colón 922, 1º Piso, Capital Federal.

 

Se encuentran presentes el representante del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN), Sr. Pablo Loubet Jambert, el representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE (MDSyMA), Lic. Gabriel Sesar, el representante del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (MRECIyC), Ministro Juan José Iriarte Villanueva y los representantes de las Provincias con litoral marítimo: el Secretario de la Producción de la Provincia de RIO NEGRO, Ing. Marcelo Santos, el Subsecretario de Actividades Pesqueras de la Provincia de BUENOS AIRES, Sr. Francisco Romano, el Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias de la Provincia de SANTA CRUZ, Sr. Gerardo Nieto, el Director Provincial de Intereses Marítimos y Pesca Continental de la Provincia de CHUBUT, Sr. Gerardo Dittrich, y el representante de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, Lic. Omar Rapoport.

 

Además se encuentran presentes el Director de Recursos Ictícolas y Acuícolas de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL DEL MDSyMA, Lic. Oscar Padin, el Director Provincial de Fiscalización de la Actividad Pesquera de la Provincia de BUENOS AIRES, Dr. José María Casas y el Director de Intereses Marítimos y Portuarios de la Provincia de SANTA CRUZ, Lic. Juan Carlos Braccalenti.

 

Por la Secretaría Técnica del CFP concurren la Secretaria Técnica, Lic. Lidia Prado, la Secretaria de Actas, Lic. Karina Solá Torino y el Asesor Letrado, Dr. Pablo Filippo.

 

Verificado el quórum con la presencia de OCHO (8) miembros y encontrándose ausente el Presidente del CFP se acuerda por unanimidad nombrar al Lic. Sesar como Presidente “ad-hoc” y se da inicio a la sesión con la lectura del Orden del Día previsto para la presente reunión:

 

1- CUOTIFICACION:

1.1.- Propuesta del Consejero Loubet de redacción del artículo sobre exceso de captura de CITC.

1.2.- Proyecto de resolución del Régimen Específico de CITC de merluza de cola. Texto que incorpora las últimas correcciones.

1.3.- Proyecto de resolución del Régimen Específico de CITC de polaca. Texto que incorpora las últimas correcciones.

1.4.- Proyecto de resolución del Régimen Específico de CITC de caballa. Texto que incorpora las últimas correcciones.

 

2.- INACTIVIDAD COMERCIAL DE BUQUES PESQUEROS:

2.1.- Solicitud de justificación a la inactividad comercial del b-p CRISTAL MARINO (Matrícula 5827).

2.2.- Nota de PESPASA S.A. (13/09/01) solicitando la justificación a la inactividad comercial del b-p AZUCHI MARU (Matrícula 0325) hundido el 22/03/01 y reserva de los derechos de todos los permisos de pesca.

2.3.- Nota de EURO JACOB FISHERIES (13/09/01) informando la intención de acogerse a las Resoluciones CFP N° 1/01 y N° 16/01 con sus buques WIRON III y WIRON IV.

 

3- MERLUZA NEGRA: política pesquera de la especie (a solicitud del Consejero Sesar).

 

4 -TEMAS VARIOS:

4.1.- Derechos de Extracción: Nota de la Sociedad de Patrones Pescadores (17/09/01) solicitando la excepción al pago del derecho de extracción a los permisionarios de embarcaciones de rada o ría cubierta corrida con despacho de 48 hs, visto el próximo vencimiento de la decisión del CFP (Acta 22/01 y Res. 19/01).

4.2.- Anchoita: Solicitud de la Sociedad de Patrones Pescadores (17/09/01) de reimplantar una zona transitoria para la zafra de esta especie en cuya área se prohíba la utilización de la red de arrastre de media agua del 20/09/01 al 30/11/01

4.3.- Proyecto de Convenio del Plan de competitividad del Sector Pesquero (a solicitud del Consejero Santos).

4.4.- Otros.

 

 

1- CUOTIFICACION:

 

1.1.- Informe del Consejero Sesar sobre pautas de manejo por pesquería de las epecies merluza hubbsi, calamar, merluza de cola, merluza negra y polaca.

 

El Lic. Gabriel Sesar expresa que ha elaborado el borrador de trabajo de referencia a efectos de que el mismo sea analizado y enriquecido por los demás Consejeros como un punto de partida en el tratamiento de las medidas de ordenación de pesquera que el CFP deberá elaborar.

 

Los Consejeros presentes agradecen el aporte del Lic. Sesar y se comprometen a analizar los contenidos del mismo para las próximas reuniones del CFP.

 

1.2.- Propuesta del Consejero Loubet de redacción del artículo sobre exceso de captura de cuotas individuales transferibles de captura (CITC).

 

El Lic. Sesar explica que a partir de la propuesta del Consejero Loubet sobre un artículo que contemple los pasos a seguir en caso de que se produzca un exceso de capturas en el sistema de administración por CITC, se ha consensuado un texto final para ser incorporado al Régimen General de CITC aprobado por Resolución CFP N° 2/2001 que se transcribe a continuación:

 

“ARTICULO    : El titular que excediera la captura de la CITC asignada deberá ajustarse a los siguientes lineamientos:

1.                  Notificar a la Autoridad de Aplicación que se ha excedido de la cuota original.

2.                  En los casos de capturas inferiores al DIEZ POR CIENTO (10%) de la CITC deberá:

a) Compensar el exceso con la transferencia de otra CITC, dentro de los TREINTA (30) días de producido el arribo del buque.

b) Compensar el exceso deduciendo el tonelaje capturado de la CITC del año siguiente; o

c) Combinar las alternativas anteriores.

3.                  En los casos de capturas superiores al DIEZ POR CIENTO (10%) de la CITC, deberá compensar mediante algunos de los mecanismos descriptos en 2, pasando al FRC de pleno derecho el porcentaje excedido del DIEZ POR CIENTO (10%).

4.                  En todos los casos, las transferencias de compensación deberán conformarse con los artículos 14, 15, 16 y 17 del presente.

5.                  El incumplimiento de los lineamientos reseñados anteriormente será considerado falta grave en los términos de la Ley N° 24.922, estando facultada la Autoridad de Aplicación a la compensación de oficio de la CITC.”

 

A propuesta del Sr. Pablo Loubet se decide por unanimidad remitir el texto final de este artículo a la Comisión Asesora Honoraria del CFP (CAH) para su consideración y posterior discusión e inclusión en el régimen general.

 

1.3.- Informe de la reunión realizada durante el taller con el experto de FAO Angel Gumy.

 

El Consejero Sesar recuerda que durante la reunión taller del día de ayer el CFP se reunión con el Oficial Superior de Planificación Pesquera del Servicio de Planificación y Desarrollo, Departamento de Pesca de la FAO, Sr. Angel Gumy, quien, a solicitud del CFP, presentó dos temas: 1°: Próxima edición de la publicación bianual “El Estado Mundial de la Pesca y la Acuicultura (SOFIA 2002) y 2°: Trabajo del Dpto. de Subsidios en la Pesca sobre el mandato de la 24va. Sesión del Comité de Pesca de la FAO.

 

El Lic. Braccalenti manifiesta que agradece la presencia del Sr. Gumy, quien ha dado una visión general sobre lo que está ocurriendo en el mundo en materia de ordenamiento pesquero y sobre la importancia de la visión ecosistémica no solamente en el plano de la investigación sino también en el ámbito de la administración pesquera.

 

Por su parte el Consejero Loubet expresa que el Sr. Gumy también resaltó la importancia que el CFP tenga un sitio web donde se publiquen todas las actas y decisiones que adopta como una señal de transparencia en su obrar hacia el sector.

 

 

2.- INACTIVIDAD COMERCIAL DE BUQUES PESQUEROS:

 

2.1.- Solicitud de justificación a la inactividad comercial del b-p CRISTAL MARINO (Matrícula 5827).

 

Se recuerda que sobre este tema aún está pendiente el expediente requerido a la Autoridad de Aplicación a efectos de que la Asesoría Letrada del CFP pueda proceder a su análisis previo.

 

2.2.- Nota de PESPASA S.A. (13/09/01) solicitando la justificación a la inactividad comercial del b-p AZUCHI MARU (Matrícula 0325) hundido el 22/03/01 y reserva de los derechos de todos los permisos de pesca.

 

Por Secretaría Técnica se recuerda que durante la reunión taller preparatoria de la presente se acordó por unanimidad no conceder la justificación a la inactividad del buque de referencia por considerar que la petición se encuadra dentro del último párrafo del artículo 28 de la Ley N° 24.922.

 

No obstante ello también se reitera que el CFP en el Acta CFP N° 22/01 de fecha 12 de julio pasado ha fijado una política respecto del retiro efectivo de buques pesqueros del caladero y que hasta el presente la Autoridad de Aplicación aún no ha implementado los mecanismos que permitan resolver todos los trámites y solicitudes de los administrados relativas a esta decisión. Por esta razón se acuerda por unanimidad solicitar a la Autoridad de Aplicación que informe sobre el estado de avance de esta tarea a la brevedad posible a fin de que no se vean perjudicados los sectores que están pendientes de esta resolución.

 

2.3.- Nota de EURO JACOB FISHERIES (13/09/01) informando la intención de acogerse a las Resoluciones CFP N° 1/01 y N° 16/01 con sus buques WIRON III y WIRON IV.

 

Sobre este punto se recuerda que aún está pendiente la información requerida a la Autoridad de Aplicación y se acuerda que por Secretaría Técnica se efectúe el reclamo correspondiente.

 

3- MERLUZA NEGRA: política pesquera de la especie (a solicitud del Consejero Sesar).

 

Se toma conocimiento de un informe presentado por el representante del MDSyMA, Lic. Sesar, en el que se proponen una serie de medidas a fin de desalentar las capturas de juveniles de la merluza negra, redefinir el by-catch o pesca incidental de esta especie y evaluar los efectos prácticos de las normas que hasta el momento han regido sobre la misma.

 

Sobre el particular se acuerda por unanimidad que para la próxima reunión el Lic. Sesar preparará un proyecto de resolución que contenga dicha propuesta y que se requerirán al INIDEP los Informes técnicos Nros. 72 y 73 del corriente año como así también una actualización completa de todos los informes sobre la especie a la fecha y los informes del Proyecto Observadores a Bordo, desde el inicio del año, para que el CFP pueda analizar posibles nuevos elementos y tomar una decisión.

 

 

4 -TEMAS VARIOS:

 

4.1.- Derechos de Extracción: Nota de la Sociedad de Patrones Pescadores (17/09/01) solicitando la excepción al pago del derecho de extracción a los permisionarios de embarcaciones de rada o ría cubierta corrida con despacho de 48 hs, visto el próximo vencimiento de la decisión del CFP (Acta 22/01 y Res. 19/01).

 

Se toma conocimiento de la nota de referencia y se acuerda por unanimidad solicitar a la SSPyA que informe las declaraciones de capturas por especie y por buque de rada o ría durante el año en curso.

 

Asimismo, en virtud de la nota de referencia, a través de la cual la Sociedad de Patrones Pescadores solicita la excepción al pago del derecho de extracción a los permisionarios de embarcaciones de rada o ría cubierta corrida con despacho de 48 hs., por considerar que la prórroga otorgada por la Resolución CFP N° 19/01 vencería el día 22 del corriente, se acuerda por unanimidad que por Secretaría Técnica se aclare a la SSPyA que dicha prórroga no finaliza el día señalado por la interesada sino a los 60 días hábiles administrativos posteriores al inicio de la vigencia de la resolución aludida.

 

4.2.- Anchoita: Solicitud de la Sociedad de Patrones Pescadores (17/09/01) de reimplantar una zona transitoria para la zafra de esta especie en cuya área se prohíba la utilización de la red de arrastre de media agua del 20/09/01 al 30/11/01

 

Se toma conocimiento de la nota de referencia y se acuerda por unanimidad reiterar los términos del Acta CFP N° 10/01, punto 7.3.- , respondiendo que por tratarse de un área de jurisdicción y dominio de la Provincia de Buenos Aires, es ante esas autoridades a quienes debe dirigirse la interesada su petición.

 

Por otra parte el representante de la Provincia de BUENOS AIRES, Dr. José M. Casas, informa a los demás Consejeros que con fecha 13/09/01 se dictó la Resolución N° 1211 de la Subsecretaría de Actividades Pesqueras de su Provincia, a través de la cual, con carácter transitorio, se prohíbe el uso del arte de pesca denominado red de arrastre de media agua en la zona comprendida entre el Faro Querandí y el Faro Miramar desde la costa marítima y hasta las 12 millas náuticas, en aguas de jurisdicción provincial, hasta la finalización de la temporada de zafra de la anchoíta, permitiéndose únicamente la utilización del arte de pesca denominado red de cerco para su captura.

 

4.3.- Proyecto de Convenio del Plan de competitividad del Sector Pesquero (a solicitud del Consejero Santos).

 

El representante de la Provincia de Río Negro, Ing. Marcelo Santos, manifiesta que ha tomado conocimiento el proyecto de Convenio de Competitividad del Sector Pesquero y solicita a los demás Consejeros que lo analicen para la próxima reunión por considerar que las atribuciones que asume el Estado Nacional en el documento parecen desconocer las competencias del CFP conferidas por la Ley Nº 24.922.

 

A las 15:40 hs. se hace presente en la reunión el Suplente del Sr. Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Presidente del CFP, Dr. Fernando Georgiadis, quien asume la presidencia de la misma.

 

El Dr. Georgiadis informa al Consejo que tiene conocimiento sobre varias objeciones presentadas al plan de referencia desde distintas áreas de la Administración, razón por la cual el mismo estaría en revisión.

 

4.4.- Otros.

 

4.4.1.- Sitio web del CFP.

 

El Consejero Pablo Loubet solicita a los representantes provinciales que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Consejo vía e-mail la normativa provincial de carácter general sobre manejo pesquero a fin de que la misma sea cargada en la página web del CFP con el objeto de brindar al sector un mejor servicio de información sobre las consultas que se hagan al respecto.

 

Los demás Consejeros manifiestan su adhesión al requerimiento.

 

4.4.2.- Capturas Máximas Permisibles (CMP).

 

En respuesta a una solicitud efectuada por el Suplente del Sr. Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Presidente del CFP, Dr. Fernando Georgiadis, durante la reunión del día 30 de agosto de 2001 (Acta CFP N° 27/01), en la que se solicitaba que la representación del MDSyMA precisara cuáles son las especies sobre las cuales considera que la información del INIDEP no tiene calidad suficiente como para ser motivo de recomendación sobre las CMP, el Lic. Oscar Padin, manifiesta lo siguiente:

 

“La CMP para la mayoría de las especies fue establecida por el CFP el día 9 de mayo pasado (Acta 16/01) y se plasmó en la Resolución CFP Nº 9/01. El Consejo se basó en los informes y notas remitidas por el INIDEP con los valores de CMP recomendados. Al respecto, es importante destacar que en algunos casos no se habían realizado aún las campañas de evaluación programadas. En otros casos no se realizan campañas de evaluación y se toman los datos de captura media en el período 1990-2000. La metodología utilizada, que ante la falta de información biológica permite contar con un valor orientativo, solo refleja el comportamiento de la flota y no permite inferir las tendencias de la población de las especies blanco ni su real potencial pesquero.

A continuación paso a detallar el tipo de información oficial y documentación recibida por el CFP al día 9 de mayo y a los efectos de determinar los valores de CMP de las distintas especies de interés pesquero.

 

Pescadilla de Red (Cynoscion guatucupa). Se presentó al CFP el Informe N° 12/2001 firmado por el Lic. Claudio Ruarte y el Lic. Aníbal Aubone. La misma información fue presentada en el informe N° 18 de CMP de especies costeras. Para sugerir una cifra de captura máxima para el año 2001 se desarrolló un modelo de dinámica de biomasa, donde se tuvieron en cuenta los desembarques realizados por Argentina, Uruguay y Brasil. Dicho modelo se calibró con registros de captura y esfuerzo de la flota pesquera argentina comprendidas entre 20 y 33 mts de eslora y estimaciones de biomasa obtenidas en campañas de investigación. No se especifica en dicho informe cuándo fueron realizadas dichas campañas de investigación y no se adjuntaba copia de los resultados de las mismas.

 

Especies demersales australes. Sobre este grupo, a excepción de la polaca y merluza de cola, no se contó con un informe específico, solo se envió una nota con las principales consideraciones para la merluza negra, el abadejo, el bacalao austral y la merluza austral, (Nota de fecha 16/4/01 remitida por el Dr. Otto Wohler al Coordinador de pesquerías demersales, Lic. Guillermo Verazay). Se presentaron informes técnicos bien fundamentados, sobre la polaca (INIDEP N° 16/2001) y la merluza de cola (INIDEP N° 15/2001).

 

Merluza austral. La información pesquera es muy limitada. Se utilizaron campañas del INIDEP 1992-1999, pero estas no cubren totalmente el área de distribución . Por tal motivo se sugirió al CFP, continuar con la CMP establecida en años previos.

 

Abadejo. No posee campañas específicas. Las recomendaciones se basan en el análisis de la evolución de las capturas, las CPUE nominales y estandarizadas de la flota comercial que opera sobre este recurso.

 

Vieira stock sud. No existe informe. La campaña no se había realizado hasta el momento de determinar la CMP. Se determinó un valor para el primer semestre del 50% del nivel de cosecha establecido para la zafra 2000. (Nota de fecha 16/4/01 remitida por el Dr. Mario Lasta  al Dr Ramiro Sanchez). El mismo fue de 15.000 toneladas de vieira patagónica (entera, valvas incluidas, talla comercial).

 

Rayas. No existen datos de desembarque discriminado por especie. La CMP se estima como un porcentaje de las biomasas totales. Sobre este tema, el CFP solicitó al INIDEP que se analizara la posibilidad de modificar los partes de pesca de manera de mejorar la información proveniente de las estadísticas pesqueras en lo que se refiere a la diferenciación por especies en la captura registrada.

 

Caballa. La nota enviada por el INIDEP (Nota de fecha 17/4/01 remitida por el Dr. Ricardo Perrota al Coordinador del área de pesquerías pelágicas, Dr Mario Lasta, indica que la falta de un mayor número de muestreos para el área marplatense durante el año 2000, no permite emitir nuevas recomendaciones, por lo que se mantienen las anteriormente efectuadas para el año 1999. Para el grupo al sur de los 39º se estima un valor recomendado a partir de la campaña del mes de agosto de 2000. En la nota no se hace referencia al número del informe donde se pueden analizar los resultados.

 

Anchoita. No existe informe. Fue enviada una nota del INIDEP (Nota de fecha 16/4/01 remitida por el Dr. Jorge Hansen al entonces Director del INIDEP, Dr Ramiro Sánchez). En la misma se indica que los registros de capturas comerciales de anchoíta correspondientes a los años 1998, 1999 y 2000 disponibles en las bases de datos del INIDEP “tienen problemas que de hecho continúan a la fecha sin resolverse”. Esta falencia en una información estadística tan primaria fue señalada en varias oportunidades dentro del INIDEP (Notas de fecha 12/04/99, 22/02/2000, 15/12/2000 y 14/02/2001). Durante el año 2000 no se llevó a cabo ninguna de las campañas planificadas para la evaluación directa de los dos efectivos de la especie. En consecuencia las cifras que recomiendan son las mismas correspondientes a los años precedentes.

 

Las recomendaciones remitidas por el INIDEP al CFP para la fijación de las CMP para las especies gatuzo, mero, congrio, palometa, pez ángel (Squatina argentina, Squatina guggenheim), pez palo, brótola, pargo, besugo, salmón de mar, lenguados y tiburones se basan en la captura media registrada durante el período 1990-2000.

 

Considero que la información precedente cumple con lo solicitado por el Sr. Director del INIDEP, sin embargo quisiera además hacer explícito el respeto profesional y el reconocimiento a la idoneidad del personal científico y técnicos de esa Institución en los temas que nos ocupan, quienes han sido frecuentemente la variable de ajuste de las buenas y malas políticas para la investigación pesquera en el ámbito nacional. En este sentido, en virtud de las competencias otorgadas a este Consejo por los artículos 9° y 11 de la Ley Federal de Pesca, debemos redoblar los esfuerzos para definir políticas de investigación que, en el marco de austeridad que imponen estos tiempos, permitan orientar las inversiones del sector sobre la base del real potencial de los recursos y en el marco del desarrollo sustentable.”

 

 

FE DE ERRATAS: Se deja constancia que en el Acta CFP N° 29/2001 se ha producido un error involuntario de redacción en la página 4, punto 2.4.- Exp. 800-000159/97: solicitud de justificación a la inactividad comercial del b-p MATACO (Matrícula 5427), último renglón, donde dice: ”perteneciente a la firma PESCOM S.A.” debe decir: “perteneciente a la firma HARENGUS S.A.”

 

 

Siendo las 15:30 hs. se da por finalizada la reunión y se acuerda realizar la próxima reunión taller el día jueves 27 de septiembre próximo y en caso de que surja algún tema importante para ser tratado se realice una reunión plenaria.

 

Se adjunta a la presente la versión taquigráfica de la reunión como Anexo I.