ACTA N° 6/2001
En Buenos Aires a los
20 días del mes de febrero de 2001, siendo las 16:45 horas, se reúne el CONSEJO
FEDERAL PESQUERO (CFP) en la sede ubicada en la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION (SAGPyA) del MINISTERIO DE ECONOMIA, Av. Paseo
Colón 922, 1º Piso, Capital Federal.
Se encuentran presentes
el representante del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, Ministro Agustín Caballero, el representante del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE Lic. Oscar Padin, y los
representantes de las Provincias con litoral marítimo: el Secretario de
Producción de la Provincia de RIO NEGRO, Ing. Marcelo Santos, el Subsecretario
de Actividades Pesqueras de la Provincia de BUENOS AIRES, Sr. Francisco Romano,
el Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias de la Provincia de SANTA
CRUZ, Sr. Gerardo Nieto, el Director Provincial de Intereses Marítimos y Pesca
Continental de la Provincia de CHUBUT, Sr. Gerardo Dittrich, y el representante
de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, Lic.
Omar Rapoport.
Además se encuentra
presente el Director Provincial de Fiscalización de la Actividad Pesquera de la
Provincia de BUENOS AIRES, Dr. José María Casas y el Almirante Argimiro Fernández
en representación de la SAGPyA.
Por la Secretaría Técnica del CFP concurren la Secretaría Técnica, Lic.
Lidia Prado, la Secretaria de Actas, Lic. Karina Solá Torino y el Asesor
Letrado, Dr. Pablo Filippo.
Verificado el quórum con la presencia de SITETE (7) miembros, luego de decidirse de común acuerdo delegar la presidencia en el Lic. Omar Rapoport por ausencia del Sr. Presidente del CFP, se da inicio a la sesión con la lectura del Orden del Día previsto para la presente reunión:
1) Cuotificación:
Avances en el cronograma de tareas. Régimen General de CIC: Propuestas de la
Comisión Asesora Honoraria (CAH) del CFP -Acta CAH Nº 2/01-.
2) Temas
Varios:
2.1.-
Nota de la CAH (14/02/01) solicitando intervención del CFP ante la Autoridad de
Aplicación para adoptar medidas que protejan al Calamar.
2.2.-
INIDEP: Cronograma de Campañas de Investigación y Programa de reparaciones y
mantenimiento de los buques de investigación pesquera del INIDEP.
2.3.-
Informe CFP-AL N° 010/2001: Reclamo de queja interpuesto por la firma
CHIARPESCA S.A. sobre la Resolución SAGPyA Nº 982/2000.
2.4.-Otros
En primer lugar, el Lic.
Rapoport procede a dar lectura a una nota del Sr. Interventor de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA (DNPyA), Ing. Horacio Rieznik, de fecha 19 de
febrero de 2001, mediante la cual informa al CFP que el Sr. Almirante Argimiro
Fernández asistirá como Veedor de la SAGPyA a las reuniones del CFP.
1) CUOTIFICACION.
Luego de
dar lectura al Acta de la CAH del CFP N° 2/2001, y dado lo extenso de las
observaciones formuladas por la misma respecto del borrador del Régimen General
de Administración por Cuotas Individuales de Captura (CIC), se acuerda por
unanimidad que los Consejeros las analizarán para la próxima reunión, como así
también los demás puntos tratados en el acta mencionada: Coeficientes de
Conversión de la Resolución CFP N° 10/00, Reintegros a las exportaciones
(Resolución ME N° 1044/2000) y Suspensión de la aplicación del artículo 28 de
la Ley Federal de Pesca.
Por su
parte, el representante de la Provincia de SANTA CRUZ, Sr. Gerardo Nieto
requiere que por Secretaría Técnica se reitere la solicitud de análisis técnico
que se envió al INIDEP sobre los conceptos de Zona de Pesca y Región Pesquera
Marítima (Nota CFP N° 52/01). Por Secretaría Técnica se informa que en el día
de la fecha se ha recibido una respuesta del Director de dicho Instituto, en la
que informa que investigadores del mismo están trabajando en el tema de la
referencia y que a la brevedad posible harán llegar la información solicitada.
2) TEMAS
VARIOS:
2.1.-
Nota de la CAH (14/02/01) solicitando intervención del CFP ante la Autoridad de
Aplicación para adoptar medidas que protejan al Calamar.
El Lic.
Rapoport procede a dar lectura de la nota de referencia en la que, en virtud de
recientes publicaciones periodísticas que dan cuenta de la virtual invasión de
buques “pesqueros” extranjeros que operan en la milla 201, se solicita al CFP
que: 1) se exhorte a las Autoridades Nacionales a disponer los recursos
necesarios para la más estricta vigilancia de los recursos ictícolas nacionales
y sobre la zona contigua hasta la milla 350, 2) se exhorte al SAGPyA para que
se manifieste expresa y públicamente respecto de la negativa de llevar adelante
cualquier acuerdo sobre explotación del recurso pesquero nacional sin la
reserva de pabellón y la ocupación de mano de obra nacional tal cual lo
establece la Ley Federal de Pesca, y 3) se cree en forma inmediata un Consejo
de Vigilancia en el que intervengan todos los sectores involucrados (Fuerzas
Armadas y de Seguridad, sector empresario, sector sindical, ONG y Autoridades
Nacionales).
El
representante de la Provincia de SANTA CRUZ, Sr. Gerardo Nieto, manifiesta la
necesidad de que el CFP señale su preocupación por lo que acontece en la milla
201 y la necesidad de que la Autoridad de Aplicación, a través de las más altas
autoridades nacionales, promueva un marco regulatorio fuera de las 200 millas
en todos los foros internacionales.
Con
relación al segundo punto mencionado y a propuesta del representante de la
Provincia de RIO NEGRO, Ing. Marcelo Santos, se acuerda por unanimidad reiterar
lo ya manifestado por el CFP a través de sus actas respecto de la Política del
Calamar y de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Pesca N°
24.922 respecto del ingreso de buques extranjeros al caladero argentino.
Por su
parte, el representante de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR, Lic. Omar Rapoport, manifiesta que, ampliando la postura
adoptada por el CFP en el párrafo anterior, quiere hacer propias las
expresiones de la CAH del segundo punto en lo referido a “...la negativa de
llevar adelante cualquier acuerdo sobre explotación del recurso pesquero
nacional sin la reserva de pabellón y la ocupación de mano de obra nacional tal
cual lo establece la Ley Federal de Pesca”.
El Dr.
Casas, en representación de la Provincia de BUENOS AIRES, expresa que también
coincide con este punto toda vez que no es excluyente y ya ha sido expuesto en
oportunidad de haberse tratado el Plan Estratégico de la DNPyA de la SAGPyA en
cuanto a la necesidad de cerrar el ingreso de nuevos buques al caladero a
efectos de dar prioridad a la flota nacional, redistribuyendo el calamar entre
la flota arrastrera en la zona de operatoria que tiene establecida cada buque.
Asimismo agrega que debería elevarse la nota de referencia al SAGPyA a efectos
de que tenga presente no solo la opinión de las provincias con litoral marítimo
sino también de los actores sociales de la actividad pesquera.
Respecto
de la operatoria de buques pesqueros en la milla 201, se reitera lo dispuesto
por el CFP en el Acta CFP N° 5/01 y finalmente se decide por unanimidad dar
pase de la nota en tratamiento a la Autoridad de Aplicación por considerar que
el resto de los requerimientos efectuados en la misma deberán canalizarse a
través suyo en virtud de las facultades que le corresponden según lo
establecido por la Ley Federal de Pesca N° 24.922.
El
representante de MRECIyC señala que los aspectos referidos a la temática bajo
análisis en este punto de la agenda deben encuadrarse dentro del marco legal
internacional vigente, conforme a ello los derechos del estado ribereño
establecidos por la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
-CONVENMAR-, en lo atinente a recursos ictícolas, refieren a los espacios
marítimos comprendidos en su Zona Económica Exclusiva (ZEE).
Asimismo,
respecto al Área Adyacente a la ZEE, puntualiza que todavía no se encuentra
regulada por una norma jurídica de alcance y validez internacional. Mientras no
exista un marco legal adecuado en dichos espacios marítimos, nuestro país
considera necesario impulsar el respeto de las pautas establecidas en el Código
de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO. Si bien dicho instrumento no
es vinculante, y por lo tanto su aplicación es de carácter voluntario, a través
de nuestra participación en los distintos foros internacionales se exhorta a su
cabal por parte de las flotas de pesca de altura de todas las banderas, siendo
ello consistente con los esfuerzos que se desarrollan en tal sentido en nuestra
ZEE.
2.2.-
INIDEP: (16/02/01) Cronograma de Campañas de Investigación y Programa de
Reparaciones y Mantenimiento de los Buques de Investigación Pesquera (BIP) del
INIDEP.
Se toma
conocimiento del Cronograma de Campañas de Investigación en los BIP´s del
INIDEP correspondiente al período marzo/2001-marzo/2002, como así también del
Programa de Reparaciones y Mantenimiento de los mismos remitido por el Director
de dicho Instituto con fecha 16 de febrero pasado.
El
representante de la Provincia de CHUBUT, Sr. Gerardo Dittrich, sugiere que,
visto la relación que este tema tiene con la política de investigación
pesquera, se someta el Proyecto presentado al análisis técnico por parte de las
áreas de investigación provinciales.
A
propuesta del representante de la Provincia de SANTA CRUZ, Sr. Gerardo Nieto,
se acuerda que por Secretaría Técnica se requiera el presupuesto necesario para
afrontar dichas campañas, a fin de contar con los datos necesarios al momento
de proceder a la distribución del FO.NA.PE. del año en curso.
2.3.-
Informe CFP-AL N° 010/2001: Reclamo de queja interpuesto por la firma
CHIARPESCA S.A. sobre la Resolución SAGPyA Nº 982/2000.
Visto el Informe CFP-AL N°
010/001 sobre el reclamo de queja interpuesto por la firma CHIARPESCA respecto
de la Resolución SAGPyA N° 982/00, registrado en el CFP bajo número 84, de
fecha 6/02/01, el CFP comparte
los fundamentos y conclusiones vertidos por la Asesoría Letrada en dicho
Informe, a cuyos términos por razones de brevedad se remite, y por ello
resuelve desestimar la queja por incompetencia de este organismo en las
instancias administrativas en que la queja fuera deducida.
A los efectos instruye a la Secretaría Técnica para
que se notifique al administrado adjuntando el Informe CFP-AL 010/001 que
consta de CINCO (5) fojas, haciéndole saber que dicha decisión es irrecurrible
en los términos del artículo 71 del Reglamento de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos (Decreto PEN 1729/72).
2.4.-Otros
2.4.1.- Carta Documento del
Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante (16/02/01)
invasión de buques extranjeros en la milla 201.
Se toma conocimiento de la
nota de referencia en la que distintas organizaciones sindicales solicitan al
CFP la inmediata implementación del corredor marítimo al norte del paralelo 48°
Sur dentro de la ZEE, entre la milla 170 y 200, para que opere la flota
arrastrera argentina con excepción de la Merluza común, como así también lo
requerido por la CAH en su nota del 14/02/01 (pto. 2.1. de Temas Varios)
respecto del incremento de la vigilancia de la ZEE y hasta la milla 350 y a la
creación de un Consejo de Vigilancia.
2.4.2.- Nota de CAPIP
(19/02/01) sobre operaciones fuera de la Zona Económica Exclusiva (ZEE).
Se toma conocimiento de una
nota de la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras en la que se
remite copia de la nota enviada a la DNPyA solicitando que, habiendo tomado
conocimiento de la decisión del CFP de autorizar las operaciones fuera de la
ZEE, se arbitren las medidas necesarias para implementarla con la mayor
brevedad posible ya que la reglamentación vigente impide embarcar redes de
malla menor a la permitida dentro de la ZEE.
2.4.3.- Gacetilla de prensa
de la Intersindical Marítima y Portuaria (19/02/01) manifestando que el CFP
toma decisiones importantes en defensa del recurso y la soberanía nacional.
Se toma conocimiento de la
gacetilla de prensa de referencia a través de la cual la Intersindical Marítima
y Portuaria manifiesta su reconocimiento a la decisión adoptada por las cinco
provincias integrantes del CFP respecto de la presencia de buques de pabellón
nacional a partir de la milla 201 para la captura de calamar y otras especies.
2.4.4.- Nota de CALAPA
(20/02/01) consultando al CFP sobre la viabilidad de acogerse a la modalidad
operativa autorizada por la Resolución SAGPyA N° 73/01.
Se toma conocimiento de la
nota de referencia, en la que la Cámara mencionada solicita información acerca
de la clase de permisos de pesca mediante los cuales operan las embarcaciones
pesqueras MAR ESMERALDA, JOLUMA, PROMARSA I y PROMARSA II, ya que según les ha
sido informado los mismos operan como tangoneros en aguas provinciales y en las
Resoluciones SAGPyA 965/00 y 73/01 figuran como fresqueros. En este sentido,
consultan al CFP sobre la viabilidad de que algunas empresas asociadas a CALAPA
que cuentan con embarcaciones similares a las señaladas puedan a acogerse
eventualmente a la modalidad operativa autorizada por la Resolución SAGPyA N°
73/01 -Anexo I-.
Luego de un intercambio de
opiniones se acuerda por unanimidad que por Secretaría Técnica se solicite a la
Autoridad de Aplicación los antecedentes de la operatoria de los cuatro buques
mencionados.
El representante de la
Provincia de SANTA CRUZ reitera lo manifestado en el Acta CFP N° 4/01 respecto
a las diferencias existentes entre las Resoluciones SAGPyA Nros. 965/00 y 73/01
y que aún está pendiente su tratamiento en el seno del CFP, como así también de
los alcances del Decreto N° 189/99.
Por su parte, el
representante de la Provincia de BUENOS AIRES manifiesta su postura respecto de
la necesidad de analizar además la inclusión de los demás buques que figuran el
en Anexo de la Resolución SAGPyA N° 73/01, ya que a su entender en el mismo
figuran algunos buques que en los últimos tres años no capturaron merluza por
lo que no deberían estar incluidos allí.
2.4.5.- Nota del Sindicato
Marítimo de Pescadores -SI.MA.PE.-(19/02/01) sobre pago de honorarios de los
inspectores a bordo de los buques pesqueros.
A solicitud del representante
alterno de la Provincia de BUENOS AIRES, Dr. José María Casas, el Lic. Rapoport
procede a dar lectura de la nota de referencia en la que, ante la falta de pago
de honorarios a los inspectores según lo dispuesto por la Resolución SAGPyA N°
970/00, se requiere que sea considerada la vuelta en vigencia de la derogada
Resolución SAGPyA N° 327/00.
Al respecto, el Dr. Casas
insiste con lo expresado en el Acta CFP Nº 5/01 en cuanto a la necesidad de dar
una solución a este tema, recordando que en el marco de la Ley Federal de
Pesca, artículos 1° y 7° inciso a), todo lo que atañe a la sustentabilidad de
la actividad pesquera y conservación de los recursos a largo plazo implica una
política pesquera y, por lo tanto, resulta de gran importancia la tarea de
control y vigilancia. Asimismo considera que el planteo del SIMAPE marca una
situación clara de descontrol que ha desvirtuado lo dispuesto por el CFP en el
Acta CFP N° 3/00 respecto del estricto cumplimiento de las medidas de control e
inspección de buques y del sistema de pago de las inspecciones a través de un
fondo integrado con el aporte de todos los buques nacionales, por lo que se
requiere un nuevo debate sobre el tema.
Por su parte, el
Representante de la Provincia de RIO NEGRO, Ing. Marcelo Santos, manifiesta que
visto que la implementación del sistema de control y su forma de pago es una
facultad de la Autoridad de Aplicación, lo que correspondería al CFP es volver
a ratificar la necesidad de los controles por la situación del caladero en
general y de los recursos sobreexplotados o excedentarios.
2.4.6.- FO.NA.PE.
A propuesta del representante
de la Provincia de RIO NEGRO se acuerda por unanimidad que por Secretaría
Técnica se requiera a la Autoridad de Aplicación un informe sobre el estado de
la cuenta de los recursos del FO.NA.PE. al día de la fecha.
Asimismo, a solicitud de los
representantes provinciales presentes, se acuerda requerir a la Autoridad de
Aplicación que envíe a las Provincias con litoral marítimo instrucciones sobre
los mecanismos que deben utilizarse para el cobro de los derechos de extracción
establecidos por la Resolución CFP N° 10/00 del 21 de diciembre de 2000.
Siendo las 18:45 horas se da por finalizada la
reunión y se acuerda realizar la próxima los días martes 27 y miércoles 28 de
febrero de 2001 en la sede del CFP según el siguiente cronograma:
Martes
27 de febrero: 10:30 hs. Reunión
taller.
13:30 hs. Receso para
almuerzo.
15:00 hs. Continuación de la reunión taller.
Miércoles
28 de febrero: 10:00 hs. Reunión plenaria.
Se adjunta a la presente la versión taquigráfica de
la reunión como Anexo I.