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| I.
OBJETO |
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Contribuir con fondos públicos provenientes del FO.NA.PE
a la formación y capacitación del personal de la
pesca a través de los institutos oficiales de educación.
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| II.
ALCANCE |
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El financiamiento está destinado a
cubrir LOS GASTOS DE FORMACION Y CAPACITACION (GFyC) necesarios
para mejorar las tareas de la actividad marítima pesquera
realizados por institutos oficiales de educación.
Los GFyC incluyen:
· Salarios y honorarios de personal
destinado al dictado de cursos vinculados con la formación
y capacitación del personal de la pesca marítima.
· Compras y/o alquiler de equipamiento
vinculado con los cursos de capacitación del personal de
la pesca marítima.
· Gastos de conservación de edificios
y gastos básicos de mantenimiento para los cursos de capacitación
del personal de la pesca marítima.
· Gastos de edición de publicaciones.
Los GFyC no incluyen:
· Salarios de personal de apoyo administrativo.
· Mejoras edilicias y de infraestructura
física.
· Gastos aplicados a actividades distintas
a la formación y capacitación, tales como infraestructura,
consultorías u otras.
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III. CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD
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(subir) |
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La Institución Beneficiaria debe:
· Pertenecer a una institución
educativa oficial debidamente reconocida ante el Ministerio de
Educación de la Nación o los Ministerios de Educación
provinciales;
· No tener como objetivo actividades
de consultoría, o bien que los recursos derivados de estas
no sean superiores al 30% de los ingresos totales de la institución.
· Demostrar la existencia de otras solicitudes
de fuentes de financiación para cubrir las necesidades
de funcionamiento que no sean atendidas por este financiamiento.
· Cumplimentar los requisitos de la
presentación (ver Título VIII).
· Formar recursos humanos vinculados
con la actividad pesquera.
El financiamiento será otorgados por
un año, renovables según verificado el cumplimiento
de las condiciones y objetivos diseñados anualmente.
En cada año, la convocatoria se abrirá
el 1° de marzo y cerrará el 1° de abril a las 19
horas. La adjudicación se anunciará el 1° de
junio.
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V. MECANISMO DE SELECCIÓN
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El mecanismo de selección de las propuestas
presentadas estará organizado en las siguientes etapas:
1. Admisibilidad
Las presentaciones serán examinadas
por la SECRETARIA TECNICA del CONSEJO FEDERAL PESQUERO. La Secretaría
Técnica del Consejo evaluará aquéllas que
no cumplan con las Condiciones de Admisibilidad señaladas
bajo el Título III de este documento, que quedarán
fuera de concurso.
2. Evaluación
Las presentaciones admisibles serán
evaluadas por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO individualmente considerando
en forma simultánea, las siguientes instancias:
2.1.Evaluación de Calidad:
En esta evaluación el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO podrá solicitar la asistencia de expertos en el
área. La identidad de los expertos no será pública
pero sí lo serán sus dictámenes. En esta
instancia se examinará:
· La calidad y relevancia de las actividades
de formación y capacitación de la institución
en los últimos años, distinguiendo claramente la
capacitación y formación de otras actividades emparentadas
pero de distinto carácter, como por ejemplo, tareas de
consultoría y de servicios. Asimismo se examinará
la contribución relativa de la institución en el
caso de que la capacitación haya sido realizada en colaboración
con otras instituciones.
· La calidad científica de los
proyectos de capacitación y formación en curso.
Valor científico-tecnológico intrínseco,
aplicaciones prácticas y antecedentes del grupo de formadores.
· La calidad del plan de actividades
de capacitación y formación propuesto para el período,
distinguiendo actividades de capacitación y formación
de otras.
· La capacidad institucional de obtener
fuentes de financiación.
· El porcentaje del patrimonio y de
los ingresos anuales destinados a actividades de capacitación
y formación.
2.2. Evaluación económico-financiera
y administrativa.
El CONSEJO FEDERAL PESQUERO emitirá un dictamen sobre la
propuesta económico-financiera.
Asimismo, evaluará los recursos declarados necesarios y
la eficiencia en la gestión de la entidad educativa.
3. Instancia final de la selección de
los beneficiarios
El CONSEJO FEDERAL PESQUERO emitirá
un dictamen fundamentado del financiamiento que se otorgará
dentro del presupuesto aprobado para este fin (ver Título
VI), sobre la base de los dictámenes de las dos instancias
intervinientes y de la información suplementaria que a
su criterio, podrá requerir. El dictamen en su totalidad
será publicado en Actas y en el sitio de internet del CONSEJO.
El dictamen del CONSEJO será inapelable.
El CONSEJO no podrá modificar los dictámenes
de las instancias de evaluación a menos que compruebe la
falsedad de alguna información incluida en la presentación,
en cuyo caso la institución quedará fuera de concurso.
El CONSEJO podrá modificar los montos
solicitados o los propuestos por las instancias de evaluación.
El otorgamiento del financiamiento estará sujeto al compromiso
de la institución de cumplir con el plan de trabajo que
se supone financiado por otras fuentes.
Si lo considerase necesario, el CONSEJO designará
el representante o funcionario que podrá visitar las instalaciones
físicas donde se desarrollará el plan propuesto
y verificar datos de la presentación (incluyendo estimación
del patrimonio afectado a la capacitación y formación).
Para ello, podrá ser acompañado con los especialistas
que estime adecuados.
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VI. PRESUPUESTO TOTAL DEL PROGRAMA
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(subir) |
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El presupuesto total del presente programa
se determinará anualmente en el momento de la coparticipación
del FO.NA.PE, según las directivas de la ley 24.922. Las
transferencias anuales a las instituciones beneficiarias se efectuarán
en el primer bimestre del año calendario que corresponda.
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VII. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
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CONSEJO FEDERAL PESQUERO, con domicilio en
Avenida Paseo Colón 922, oficina 102, Ciudad de Buenos
Aires. Teléfonos (11) 4349 2361/2/3, fax (11) 43492364.
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VIII. PRESENTACION
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1. Datos de la institución:
· Nombre, dirección, organización,
datos de los directivos, breve reseña histórica
de origen y evolución (máximo 2 páginas).
· Nómina y breve CV de los formadores
o capacitadores (máximo 2 páginas) que integran
el cuerpo docente.
· Copia de estatutos, constancia de
personería jurídica (no requerido para quienes ya
recibieron este financiamiento con anterioridad).
· Copia del Acta de la designación
de autoridades con mandato vigente.
· Detalle del patrimonio institucional
vinculado a la capacitación y formación pesquera
(máximo 1 página).
2. Proyectos de capacitación y formación
en curso:
Máximo de 2 páginas por proyecto
que contenga: título del proyecto, capacitadores formados
responsables del mismo, descripción del plan de capacitación,
de su cronograma, de los resultados que se pretenden alcanzar,
de su costo previsto, y de sus fuentes y montos de financiación
diversas de la presente.
3. Proyectos anteriores (últimos 5 años):
· Máximo de 2 páginas
por proyecto que contenga: título del proyecto, profesionales
o capacitadores responsables del mismo, descripción de
la capacitación y de los resultados alcanzados, de su impacto
en la generación de conocimiento, en la formación
de recursos humanos y en el desarrollo económico del sector
pesquero. Indicar su costo, y sus fuentes y montos de financiación
(señalando aquéllas que fueron concursadas).
· Listado de trabajos publicados, y
material utilizado (indicar si es en colaboración con otras
instituciones).
4. Adjuntar principales publicaciones.
5. Estado de ingresos y egresos de la institución
en el 2000 y previstos para 2001 y 2002.
6. Estimación de los gastos para la
formación y capacitación y sus fuentes, para el
período, por año, con su debida justificación.
Indicar porcentaje del total de gastos asignables a la capacitación
y formación. Los GF deberán ser itemizados según
los rubros indicados en el TITULO II.
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